lunes, 20 de abril de 2020

Poder ejecutivo definicion

El poder ejecutivo, en otras palabras, está vinculado a la gestión del funcionamiento estatal en el día a día. Cuando el concepto refiere a la facultad estatal en general, se escribe con minúsculas iniciales (poder ejecutivo). Ejecutar significa -en este caso- echar algo a andar. A diferencia de los otros, el ejecutivo es el responsable de la conducción y la gestión política del Estado, es decir, de la toma de decisiones y de las labores diplomáticas.


Siguiendo la teoría política de la división de poderes, el poder ejecutivo es aquel que se encarga de la gestión del Estado, con potestad de ejecutar y hacer ejecutar las leyes. Resulta fundamental resaltar que el poder ejecutivo es interdependiente de los poderes legislativo y judicial, de forma que uno no puede pasar por encima de los otros. Así, actúa como un ente que dirige, coordina, planifica y ejecuta las acciones de gobierno.


Mientras que el poder legislativo deroga o aprueba las leyes y el poder judicial las interpreta, invalida o hace respetar. Pero, cuando hace referencia al órgano como tal del estado que está ejerciendo esta faculta deben colocarse las iniciales.


De acuerdo al sistema en cuestión, el poder ejecutivo es encabezado por un presidente, un jefe de Gobierno o un primer ministro. Este mandatario suele tener la facultad de elegir a sus ministros y secretarios, que actúan en un ámbito determinado (encargándose de lo que concierne a la economía, la salu el turismo, etc.). Así mismo, junto al poder legislativo y al poder judicial, se encarga de crear y aprobar las leyes que dirigen a una nación.


Esta división de poder se puede llevar a cabo tanto en países republicanos como monárquicos. También se conoce como Ejecutivo a la división del gobierno que se encarga de la gestión diaria del Estado.


Se distingue así del poder legislativo, que promulga o revoca leyes, y del poder judicial, que interpreta, hace respetar o invalida las mismas. Poder Ejecutivo en la Enciclopedia Jurídica.


Suele recaer en la figura de un jefe de Estado, llámese así o presidente o Primer Ministro, dependiendo de la estructura burocrática de la nación. Poder ejecutivo Derecho Constitucional Expresión clásica por la que se designa al órgano o entramado de órganos que desempeñan, básicamente, las tareas de ejecución de las leyes y de gobierno del Estado.


Otra de las funciones de este poder es ser el representante de un país ante otros gobiernos extranjeros, realizando las labores diplomáticas ante los representantes de otros Estados. Que no admite espera ni permite el aplazamiento de la ejecución: mandato ejecutivo. Que ejecuta o lleva a cabo algo: consejo, poder ejecutivo. Gobierno de un país: el ejecutivo se mostró partidario de la negociación.


Persona que desempeña un cargo directivo en una empresa. Definición Qué es, concepto o significado. Se entiende por ejecutivo el que no acepta espera, ni permite el desplazamiento ni difiera en el proceso de la ejecución. Aplicado a personas y es empleado como sustantivo.


El que hace, ejecutiva o realiza en algo. Sustantivo masculino y femenino. El Organismo Ejecutivo es uno de los organismos del Estado, que ejerce el poder ejecutivo de la República de Guatemala.


Está compuesto por el Presidente de la República, el Vicepresidente de la República, los Ministerios de Estado, las Secretarías de la Presidencia y Vicepresidencia, las gobernaciones departamentales, las dependencias y entidades públicas descentralizadas, autónomas y semi-autónomas correspondientes a este organismo. El Presidente y el Vicepresidente son elegidos por.


Busque poder ejecutivo y muchas más palabras en el Diccionario Reverso de definiciones en español. El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Dura añ os en su cargo y jamá s puede volver a desempeñ arlo.


En conjunto con la carta magna del país, establece negociaciones que se encuentren dentro del marco legal. Plantear iniciativas de leyes ante el poder legislativo.


Los jefes de Estado tienen la facultad de conceder indultos.

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