Depósito o cosa depositada. El primero entrega al segundo la cosa objeto de depósito, que debe ser siempre un bien mueble. Características del contrato de pósito.
Un contrato de depósito es un documento en el que se hace constar que una persona llamada depositante le entrega un objeto a otra persona llamada depositario, para que la cuide durante un tiempo determinado con la condición de devolverla cuando se le solicite. Que el depositario, al menos, sea comerciante.
Concepto de depósito. El termino de depósito deriva del verbo ponere, precedido de la preposición “de” (“de” “ponere”)”.
Qué es el contrato de depósito ? Primeramente tenemos el contrato de compraventa, que es bastante amplio, el contrato de comisión mercantil, el contrato de consignación o estimatorio, el contrato de depósito, el contrato de edición, el contrato de fianza de empresa, el contrato de préstamo y el contrato de seguro, el contrato de transporte, etc. Llamase en general depósito el contrato en que se confía una cosa corporal a una persona que se encarga de guardarla y de restituirla en especie.
La cosa depositada se llama también depósito. Sólo pueden ser objeto del depósito las cosas muebles. El depósito es un contrato gratuito, salvo pacto en contrario. Contratos individuales.
A su vez para clasificarlos hay que tomar en consideración: Según la reciprocidad o lo no-reciprocidad de las obligaciones que nacen: Sinalagmáticos y unilaterales. Aquí encontrarás las opciones más rentables para elegir tu depósito bancario.
Son los más habituales. Clasificación de depósitos bancarios. Se fija un período y una cantidad. La prenda se clasifica en tres partes: en Prenda con Desplazamiento, en Prenda sin desplazamiento y en Prenda Juridicial.
Dos son las obligaciones principales del depositario: GUARDAR LA COSA. Cuando el depositario recibe la cosa y se coloca frente a la obligación de custodiarla, no podrá usarla sin el consentimiento del depositante. En el contrato de depósito, el depositante le confía la guarda y custodia de algún bien al depositario, mientras que en el mandato, el mandatario se obliga a realizar ciertos actos a favor del mandante.
En los dos contratos existe un pago o remuneración por el servicio prestado. CONTRATOS DE DEPÓSITO, CRÉDITO Y PRENDA Alfredo Picazo Reyes 2. El contrato de depósito es un documento por el cual una de las partes (depositante) entrega en favor de otra parte (depositario) uno o varios bienes muebles, como puede ser embarcaciones, aparatos electrónicos o mobiliario de hogar, entre otros, debiendo el depositario guardar y custodiar el bien durante el plazo fijado por las partes, y restituirlo posteriormente al depositante en las mismas condiciones en las que el bien fue entregado.
E depósito, como el préstamo puede ir precedido de una promesa de deposito. IX) En este acto e la arrendataria cancela la suma de cincuenta y siete dólares exactos, como pago del primer canon mensual, más un deposito de igual cantida es decir, cincuenta y siete dólares americanos, como depósito de garantía por el cumplimiento de todos y cada una de las cláusulas del presente contrato.
Expuestas en líneas generales los elementos y obligaciones del contrato de depósito, se ha de hacer necesaria mención a lo que la doctrina llama depósito irregular, cuya característica diferenciadora de lo antes expuesto consiste básicamente en que la cosa depositada es una cosa fungible, y en consecuencia el depositario adquiere la propiedad de la cosa depositada desde la constitución. Nuestro Código sólo califica al depósito de contrato al tratar del depósito propiamente dicho (arts. y ss.).
Atendiendo a la causa de su constitución, puede ser extrajudicial (o depósito propiamente dicho) y judicial (o secuestro) (art. 59). Realizado por viajeros.
El contrato oneroso es aquel del que ambas partes reportan beneficio y contrato gratuito es aquel del que sólo una de las partes obtiene un beneficio. Esta clasificación de los contratos no dice relación con las partes que resultan obligadas sino con las partes que resultan.
Un contrato, un acuerdo privado, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas. Es un acuerdo de voluntades que genera derechos y obligaciones para las partes.
La clasificación de los contratos de seguros se puede realizar de diversas maneras.
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