La novedad de la NIIF se encuentra en el tratamiento contable de los arrendamientos materiales operativos, es decir, la contabilización del derecho de uso de un activo subyacente identificado transmitido mediante contraprestación. Por consiguiente, quedan excluidos de la NIIF a los arrendamientos de servicios puros. Bajo NIIF 1 existe un único tratamiento Contable para los arrendamientos.
Solo basta que identifiques que en el contrato de arrendamiento, existe un activo por derecho de uso para que los reconozcas en el Estado de Situación Financiera. Qué hay en la NIIF 16? La NIIF elimina el modelo de contabilidad dual para arrendatarios que distingue entre los contratos de arrendamiento financiero que se registran dentro del balance y los arrendamientos operativos para los que no se exige el reconocimiento de las cuotas de arrendamiento futuras.
Todas las sociedades que alquilan activos significativos para utilizarlos en su negocio tendrán que reconocer más activos y pasivos. Según la NIIF 1 los arrendatarios incluirán los arrendamientos en el balance. Cambios en muchas ratios financieras.
Para que una empresa que se rige por la normativa contable española lo pueda aplicar, en primer lugar será necesario que la UE incorpore la norma a su ordenamiento jurídico y posteriormente se incorpore al ordenamiento nacional (vía modificación del PGC, entiendo). NIIF incluye una guía detallada que ayudará a las entidades a evaluar si un contrato contiene un arrendamiento, un servicio o ambos.
De acuerdo a las normas actuales no se hace mucho énfasis en la distinción entre arrendamiento operativo y servicio, debido a que normalmente esta distinción no cambia la contabilización. Contabilización de arrendamientos según la NIIF Roberto Valencia explica la forma de realizar el reconocimiento y medición inicial de contratos de arrendamiento en los estados financieros, según la NIIF 16.
IASB emitió una enmienda a la NIIF – Arrendamientos para facilitar a los arrendatarios la contabilización de las concesiones de alquiler relacionadas con el COVID-19. Entre las decisiones que ha tomado el Consejo de Normas Internacionales de Información Financiera –IASB, por sus siglas en inglés– para hacer frente a los impactos del coronavirus (COVID-19), se encuentra la de efectuar una enmienda a la NIIF – Arrendamientos que le brinde a los preparadores de la información financiera una solución práctica para contabilizar las reducciones en contratos de arrendamientos, relacionadas con el COVID-19.
El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés) propuso una enmienda a la NIIF 16- Arrendamientos, la cual denominó Concesiones de alquiler relacionadas con el Covid-19. NIIF para las Pymes Sección Propiedades de Inversión Alcance de esta sección.
Esta sección se aplicará a la contabilidad de inversiones en terrenos o edificios que cumplen la definición de propiedades de inversión del párrafo 16. La NIIF sólo ha recogido casos muy concretos de pagos en esencia fijos y vinculados a eventos discretos que, en sustancia, son inevitables (bien porque sean hitos concretos o porque las opciones de variabilidad son limitadas). El IASB publicó en enero la nueva norma contable NIIF 16.
La novedad central de la nueva norma radica en un modelo contable único para los arrendatarios, que incluirán en el balance todos los arrendamientos como si fueran compras financiadas. Se permite la aplicación anticipada para entidades que apliquen la NIIF Ingresos de Actividades Ordinarias procedentes de Contratos con Clientes antes de la fecha de aplicación inicial de la NIIF 16.
En respuesta a la pandemia de coronavirus causante del COVID-1 el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (el Consejo, IASB en sus siglas en inglés) ha anunciado una modificación de la NIIF Arrendamientos para autorizar a los arrendatarios a no contabilizar las concesiones de alquiler como modificaciones del arrendamiento si son consecuencia directa de la COVID-y cumplen determinadas condiciones. Antes de la llegada de la NIIF, el arrendatario de un arrendamiento operativo debía reconocer como un gasto las cuotas que se derivan del contrato.
En estas circunstancias, desde el punto de vista contable de la NIIF 1 actualmente hay que evaluar si se trata de una modificación contractual o una reestimación del pasivo o un pago variable. NIC Norma Internacional de Contabilidad Objetivo Propiedades, Planta y Equipo.
Interpretaciones de NIIF decidió no considerar este concepto. Por lo tanto, el impacto dependerá de la política contable previa que una empresa aplicó para las porciones bajo CINIIF 4. Una clase de activos subyacentes es un conjunto de activos subyacentes de similar naturaleza y uso en las actividades de la entidad.
Sin embargo, la contabilización de los contratos de arrendamiento que, a la fecha, son identificados como operativos cambia sustancialmente. El tratamiento contable en los arrendamientos operativos dará un vuelco significativo ya que la nueva norma NIIF no considera la diferenciación entre los arrendamientos financieros, que son registrados en el balance, y los arrendamientos operativos, que aparecen hasta el momento en la cuenta de resultados o “fuera balance” y que se registran por su cuota mensual y no por sus cuotas futuras.
He realizado un caso práctico sobre “el nuevo tratamiento contable de los arrendamientos según la NIIF ”, para InformaRec Boletín de Economistas Contables (EC) del Consejo de Economistas de España. NIIF, NIIF o NIC, podrían eventualmente aumentar tales diferencias.
Adicionalmente, este primer argumento es contradictorio con el segundo. En efecto, el primer argumento viene a decir que no hace falta distinguir porque se llega a muy simila - res resultados. El trabajo fin de Máster que se presenta consiste en un estudio de la nueva Normativa Internacional de Información Financiera nºArrendamientos, que sustituirá la actual Normativa Internacional de Contabilidad nºArrendamientosy las interpretaciones asociadas a la misma.
La nueva norma supone un importante cambio de criterio respecto a su predecesora, y aún vigente, Norma Internacional de Contabilidad (NIC 17), puesto que, con la NIIF 1 desaparecerá la clasificación actual de los contratos en las dos categorías de operativos y financieros, con lo que las empresas deberán reflejar en sus balances la práctica totalidad de los contratos de arrendamiento que suscriban.
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