Patrimonio de la sociedad. Estos patrimonios están en una constante relación. Basta comprobar los Art. El primero regula la integración del haber de la sociedad conyugal y el segundo regula la conformación del pasivo de la sociedad.
Concepto de las recompensas. El debate sobre las recompensas es un capítulo del proceso, -muchas veces complejo, de la liquidación de la sociedad conyugal.
Esto significa que, antes de la disolución de la sociedad conyugal, los cónyuges nada pueden pactar ni discutir acerca de la procedencia o el alcance de las recompensas. Tratamiento tributario de las recompensas en la liquidación de la sociedad conyugal. Al liquidar la sociedad conyugal puede surgir el pago de recompensas a favor de uno de los cónyuges, pagos que no constituyen ganancia ocasional ni ingreso ordinario gravado con el impuesto a la renta.