viernes, 31 de mayo de 2019

El contrato de secuestro es unilateral o bilateral

Es un contrato unilateral. El depósito, al igual que ocurre con el comodato y el mutuo, origina obligaciones sólo para una de las partes. En efecto, al momento de perfeccionarse el contrato –oportunidad a la que debemos atender para calificar de unilateral o bilateral un contrato , sólo se obliga el depositario, a restituir el depósito.


Tal es el caso del mandato, el cual es, en origen, unilateral, pero en ocasiones el mandatario asume gastos durante el encargo, deviniendo así en un contrato bilateral imperfecto, pues el mandante adquiere la obligación de reembolsarle dichos gastos al mandatario. Cuando el contrato produce obligaciones recíprocas para las dos partes, se trata de un contrato bilateral.


Un ejemplo de contrato unilateral es el comodato. En este caso, una de las partes (el comodante ) concede a otra (el comodatario ) un bien no fungible para que lo utilice y luego lo devuelva en las mismas condiciones. El Derecho es Nuestra Pasión. Un contrato es un acuerdo que dos o más partes deben aceptar según la ley lo exija.


Contratos Unilaterales y la Enciclopedia de Derecho sean, en cada caso, acreditadas como la fuente de la entrada Contratos Unilaterales. Un contrato unilateral sólo se suscita cuando un oferente hace una promesa como intercambio de una acción o cuando un destinatario se abstiene de realizar una acción.


El término sinalagmático deriva del griego synallagma (συνάλλαγμα) " contrato, estipulación", mismo que está compuesto de sin (σύν) "juntos" y alagmo (ἀλλάσσω) "tomar o dar a cambio, intercambio". En cambio, el contraste unilateral sitúa la región de rechazo en uno de los dos extremos (colas) de la distribución muestral.


El contraste bilateral ( o de dos colas) se utiliza cuando la Hipótesis Alternativa asigna al parámetro cualquier valor diferente al establecido en la Hipótesis Nula. Por razón de la unidad o pluralidad de vínculos, las obligaciones se dividen en obligaciones unilaterales y obligaciones bilaterales.


Obligaciones unilaterales Son unilaterales ( o simples) aquellas en las que hay un solo vínculo obligatorio, puesto que una persona se obliga respecto de otra, sin que ésta asuma ningún tipo de obligación. El carácter unilateral de los contratos de seguros es diferente a la mayoría de los contratos, que son bilateral. En un contrato bilateral, ambas partes hacen promesas que luego son aplicados por un tribunal de justicia, si es necesario.


La promesa bilateral - o sea, mutuamente aceptada-de un contrato que es bilateral. Es el caso más corriente y se presenta, por ejemplo, en la promesa mutua de compraventa, de arrendamiento, de sociedad. Constituyen la mayor proporción de las promesas de contrato que se otorgan o se litigan. La bilateralidad de los contratos se da cuando las partes se obligan recíprocamente la una hacia la otra.


El contrato de seguro, por su naturaleza es un contrato bilateral. Se diferencian así de los contratos unilaterales en que en estos una sola de las partes se obliga hacia la otra sin que ésta le quede obligada.


El depósito, a diferencia del secuestro, no puede recaer sino sobre bienes muebles (art. y del cód. civ.). Contrato BILATERAL es aquel que produce obligaciones recíprocas, bilaterales o sinalagmáticas para ambas partes.


Son los casos de la compraventa, permuta, arrendamiento, etc. La distinción entre contratos bilaterales y unilaterales no coincide con aquélla que se aplica a los negocios jurídicos en general. En efecto, negocios jurídicos unilaterales son aquéllos que para su existencia basta la manifestación de voluntad de una sola parte, mientras que en los bilaterales es necesario el acuerdo de las dos partes intervinientes en el negocio.


Contraste de hipótesis Bilateral y Unilateral 1. CONTRASTE DE HIPÓTESIS. Los contratos, ya sean bilaterales o unilaterales, no pueden abarcar promesas o actos ilegales.


Un contrato bilateral para vender bienes robados, por ejemplo, no puede hacerse cumplir en los tribunales. Un juez tampoco cumpliría un contrato unilateral que llama a un acto ilegal, como herir a una persona o provocar daños a una propiedad.


Contratos Onerosos y Gratuitos: Es oneroso el contrato que impone provechos y gravámenes recíprocos. Es gratuito en que los provechos corresponden a una de. Se denomina unilateral a toda aquella circunstancia que, considerando distintas partes, solo esté asociada a una de ellas.


La expresión es utilizada especialmente en cuestiones comerciales o contratos ante la ley, en donde existe un aspecto que solo afecta a una de las partes. Adherimos a que es bilateral, puesto que ambas partes resultan obligadas: el comodante a permitir el uso de la cosa por el tiempo pactado, el comodatario a cuidarla y devolverla en su momento.


El acreedor no contrae obligación alguna.

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