lunes, 29 de abril de 2019

Clasificacion de los contratos civiles

Ve los libros recomendados de tu género preferido. Entonces los contratos según lo establecido en normas del código civil se dividen en los siguientes tipos: Unilateral: los contratos unilaterales son aquellos en los cuales quien se obliga es una parte, mientras que la otra no tiene obligación alguna, por ejemplo, el contrato de préstamo de uso o comodato. Clasificación de los contratos civiles. Universidad Autónoma de Guerrero.


Derecho Civil (conocida) Año académico. La presente sección analiza clasificación de los contratos en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad normativa mexicana actual en relación a clasificación de los contratos.


La doctrina clasifica a los contratos según diversos criterios, el Código Civil divide a los contratos en: Unilaterales: Son los contratos en los cuales una sola de las partes se obliga hacia otra sin que ésta quede obligada. Por la naturaleza del vínculo.


Clasificacion de los contratos civiles

Contrato conmutativo. En los contratos tambin dos o ms partes pueden estar comprometidas a cumplir una obligacin, de ah que los contratos tengan unas caractersticas especiales, en este caso el contrato puede ser unilateral o bilateral. El contrato civil es el acuerdo de dos o más personas para producir o transferir obligaciones y derechos.


Los contratos civiles son convenios. Los primeros suponen una prestación de una de las partes, que les traerá aparejada una ventaja como consecuencia de tal acción, por ejemplo, una compraventa o una locación.


El contrato oneroso puede subdividirse en conmutativo (prestaciones ciertas desde el inicio del contrato ) y aleatorio (la prestación depende de un acontecimiento). Como se desprende de la anterior clasificación, es acertada la idea de Pérez en cuanto a la importancia de los efectos jurídicos para ese fin. En requisito de fondo, esencial para la formación del contrato, es la voluntad de los contratantes.


Traslativo de dominio. En principio irrevocable. La donación es retroactiva, en caso de ingratitud por parte del donatario. Dicho contrato será sobre bienes presentes.


Nuestro Código Civil y en general nuestro derecho recoge la idea de contrato como un acuerdo de voluntades. Concepto de contrato.


Clasificacion de los contratos civiles

Tipos de contratos civiles según lo establecido en el código civil. Aquel en el que quien se obliga es una parte, mientras que la otra no tiene obligación alguna.


Por ejemplo el contrato de préstamo. En este tipo de contrato ambas partes se obligan. Obliga a una persona. Provechos recíprocos. Depende del futuro. Es único y no existe afinidad. Según HENRI CAPITANT es un contrato en el cual cada una de las partes estipula de la otra una prestación a cambio de la que ella le promete. Elementos esenciales y de validez del contrato.


Existe cuando una persona llamada comandante se obliga a gratuita y temporalmente el uso de un bien no fungible a otro llamado comodatario quien contrae la obligación de restituirlo individualmente. CONTRATO DE COMODATO CARACTERÍSTICAS.


La clasificación que se comenta tiene trascendencia especial por lo que se refiere a los efectos, porque en los contratos bilaterales el contratante cumplido tiene la posibilidad de exigirle al incumplido la realización de la prestación que constituye el objeto de su obligación y de optar por la resolución del contrato, en todo caso por la correspondiente indemnización de daños y. Es aquel que regula la ley vigente. Regulados todos en el código civil.


No está regulado en la ley, ha nacido de una necesidad humana o como consecuencia de un invento o avance tecnológico. Cuando es nuevo y distinto de todo contrato que existe. El derecho civil es la rama del derecho privado que regula las principales relaciones civiles de las personas.


Tradicionalmente es la rama del derecho que regula el estado civil de las personas, las relaciones familiares, la propiedad y los demás derechos reales, las obligaciones y contratos, y las sucesiones.

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