jueves, 28 de junio de 2018

Contrato aprendizaje requisitos

Requisitos de los trabajadores: Que no tengan cualificación para un contrato en prácticas. Sin límite de edad para personas con discapacida colectivos de exclusión social en empresas de inserción y alumnos de Escuelas-Taller, Casas de Oficio Talleres de Empleo y Programas de Empleo-Formación.


La empresa podrá financiarse el coste de la formación inherente al contrato, siempre que cumpla los siguientes requisitos: Suscripción del acuerdo para la actividad formativa e información del mismo a la representación legal de los trabajadores. Solicitud y autorización de inicio de la actividad formativa. A quién se dirige el contrato de formación y aprendizaje. No tener a disposición una titulación que esté relacionada con el puesto de trabajo.


Existen excepciones para personas con discapacidad reconocida. Qué requisitos se exigen para ser contratado en formación y aprendizaje?


Debes carecer de la cualificación profesional necesaria para el ejercicio del puesto de trabajo al que pretendes acceder mediante el contrato para la formación y el aprendizaje. Se puede celebrar un contrato de aprendizaje en el manipulado de frutas y hortaliza, nuestra empresa necesita contartar a personas o más menores de 30. Aunque cabe destacar que si viene marcado por el Convenio Colectivo al que pertenezca el sector la duración mínima puede ser de meses.


Los requisitos para contratar a un becario bajo este régimen. La actividad laboral del trabajador en la empresa tiene que estar relacionada con su actividad formativa. Su duración mínima es de seis meses, con la posibilidad de prorrogarlo en dos ocasiones más.


La edad requerida para beneficiarse de un contrato de formación y aprendizaje debe estar comprendida entre los y los años. El contrato de formación no puede extenderse más allá de tres años. Si la tasa de desempleo estatal es mayor del %, también podrán acogerse a este contrato los menores de años.


Estar inscrito como demandante de empleo el día antes de realizar la contratación. Carecer de una cualificación profesional para el puesto de trabajo u ocupación objeto del contrato. Requisitos para celebrar un contrato para la formación y el aprendizaje – Edad : La persona contratada debe ser mayor de años y menor de 25. Se podrá celebrar con menores de años mientras la tasa de paro no se sitúe por debajo del 15%.


Fase 3: Negociación del contrato y orientación del aprendizaje. Se pueden realizar contratos de formación a desempleados mayores de años y menores de 25.


No haber desempeñado con anterioridad el puesto de trabajo para el que se contrata, en la misma empresa, por un tiempo superior a meses en otra modalidad contractual. Los contratos para la formación y el aprendizaje y el contrato en prácticas se regulan en el artículo del Estatuto de los Trabajadores, corresponden a la categoría de contratos formativos.


Si el contrato de formación se formaliza con jóvenes inscritos en Garantía Juvenil, la reducción en los seguros sociales pasará a ser una Bonificación, que debe reflejar esta condición al realizar el alta del contrato. Confíe sus contratos de formación a Grupo Albatros, garantía de calidad.


Un aprendiz puede tener hasta un tercer contrato de aprendizaje siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos : 1. Para poder ofrecer un contrato de prácticas, los candidatos al puesto deben reunir los siguientes requisitos: Tener un título universitario, de formación profesional o de grado medio o superior, un certificado de profesionalidad o estudios equivalentes. Para demostrarlo, deberá entregar una fotocopia de dicho título a la empresa.


Contrato de Aprendizaje : Regulado por el art. Requisito del contrato para la formación y el aprendizaje Podrán acceder todas aquellas personas mayores de años y menores de añosen la fecha de formalización del contrato.


Por contratos para la formación y el aprendizaje se entiende a todos aquellos cuya finalidad sea la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral y académica, recibida dentro del marco de sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo. Son requisitos esenciales para la existencia de este contrato, la aprobación del funcionario respectivo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social e inscripción en el registro correspondiente.


CLÁUSULAS ESPECÍFICAS PARA LA FORMACION Y EL APRENDIZAJE (1) CÓDIGO DE CONTRATO. Durante la vigencia del contrato junto a sus prorrogas la empresa tiene derecho a una reducción del 100% en las cuotas de los seguros sociales.


Al cotizar a la Seguridad Social, cuando se finalice el contrato de formación, el trabajador puede solicitar su prestación por desempleo, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos por el Servicio Público de Empleo.

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