jueves, 15 de febrero de 2018

Caracteristicas de los contratos en general

Los contratos son acuerdos de voluntades (verbal o escrito) entre dos o más personas con capacidad de obrar y por el cual se contraen obligaciones que pueden ser recíprocas (acuerdos bilaterales) o para un sólo individuo (acuerdos unilaterales), aunque en la mayor parte de ellos se contraen derechos y obligaciones recíprocas. Qué características legales tiene un contrato?


Caracteristicas de los contratos en general

Efectos: Genera obligaciones y derechos para las partes intervinientes. Un contrato es un acuerdo legal, oral o escrito, manifestado en común entre dos o más personas con capacidad jurídica (partes del contrato), que se vinculan en virtud del mismo, regulando sus relaciones a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca, si el contrato es bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato es unilateral.


Los menores de años legalmente emancipados. Las características generales de los contratos mercantiles se definen a partir de las condiciones específicas que median la relación mercantil, entre ellas: Unilaterales y Bilaterales.


Los contratos más usados en la actividad internacional y sus principales características son: 1. Contrato de compraventa (bienes o servicios):sirve para establecer las condiciones en el proceso por el cual una empresa se compromete a entregar un bien o servicio a cambio de un valor previamente acordado. El contrato es un acuerdo de voluntades destinado a reglar los derechos patrimoniales.


Convención, conventio, viene de cum venire, venir juntos. Pacto, pactum o pactio, viene de pacis si, tratar reunidos, ponerse de acuerdo.


Contratos principales son los autónomos, que se bastan a sí mismos, y accesorios los que presuponen otra obligación. La voz contrato proviene de contractus, expresión latina que significa unir, estrechar, o contraer.


Caracteristicas de los contratos en general

Las cauciones son obligaciones de garantía. No necesariamente presuponen un contrato de garantía. La regla general es que los contratos no requieren de una determinada forma para ser válidos, sin embargo, existen contratos en los cuales la ley dispone expresamente que el consentimiento deba ser manifestado de una forma en particular, en caso de no ser así, entonces el contrato será nulo.


El Derecho es Nuestra Pasión. Constituye algún acto de comercio. Características de los Contratos Mercantiles y la Enciclopedia de Derecho sean, en cada caso, acreditadas como la fuente.


Actos en masas realizadas por empresas. Vinculados a una actividad empresarial.


Un contrato, en términos generales, es definido como un acuerdo privado, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser exigidas. Contratos típicos: son aquellos para los cuales existe en la ley una disciplina normativa.


Es un acuerdo de voluntades que genera derechos y obligaciones para las partes. Innominado o atípico: es aquel para el que la ley no tiene previsto un nombre específico, debido a que sus características no se encuentran reguladas por ella. Puede ser un híbrido entre varios contratos o incluso uno completamente nuevo. CLASES DE CONTRATOS: Según Gayo en sus instituciones nos dice que los contratos se clasifican en dos.


Se denomina contrato a un documento legal que expresa un acuerdo común entre dos o más personajes capacitadas para ello (conocidas como las partes del contrato), que se obligan en virtud de este documento hacia una determinada finalidad o cosa, cuyo cumplimiento debe darse de manera siempre bilateral, o de otro modo el contrato se dará por roto e inválido. En los contratos también dos o más partes pueden estar comprometidas a cumplir una obligación, de ahí que los contratos tengan unas características especiales, en este caso el contrato puede ser unilateral o bilateral.


Principales características del contrato colectivo de trabajo. Está de pleno derecho por encima de cualquier contrato individual, que queda automáticamente supeditado al contrato colectivo. Se limita a crear obligaciones a ambas partes. Consensual: esta es una característica de los contratos que se perfeccionan con el solo consentimiento de las partes, juega un papel fundamental en consentimiento libre de cualquier vicio.


Bilateral: las obligaciones en contrato de seguro son tanto para el asegurador de responder por la suma asegurada cuando ocurra el siniestro, y para el tomador pagar la prima.

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