lunes, 11 de septiembre de 2017

Derecho de retencion en colombia

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Derecho de retencion en colombia

Aprovecha está gran oportunidad y disfruta de poder estudiar de manera accesible. Boutique, Small Luxury Hotels. Co: “el agente tendrá los derechos de retención y privilegio sobre los bienes o valores del empresario que se hallen en su poder a su deposición, hasta que se cancele el valor de la indemnización y hasta el monto de dicha indemnización”.


Retención en Colombia Concepto de Retención. Dividendos y Participaciones. CUALES ESTAN SOMETIDOS A RETENCIÓN. Los dividendos y participaciones percibidos por sociedades u otras entidades extranjeras, por personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y por sucesiones ilíquidas de causantes extranjeros que no eran residentes en Colombia, están sometidos a la retención en la fuente.


Derecho de retención en favor del arrendador. B) es indivisible: la retención se ejerce inseparablemente sobre todas las cosas en poder del acreedor, quien no está precisado a devolverlas parcialmente en proporción a la parte de la deuda que se le pague.


Como su nombre indica, el derecho de retención (que en realidad es una faculta pues no goza de autonomía respecto del derecho de crédito garantizado con ella) confiere a su titular la posibilidad de retener en su poder una cosa que no le pertenece y que debería restituir a otra persona. Salarios, y pagos o abonos en cuenta por concepto de ingresos por honorarios y por compensación por servicios personales obtenidos por las personas que informen que no han contratado o vinculado dos o más trabajadores asociados a la actividad.


No están sujetas a la retención en la fuente sobre los dividendos distribuidos por sociedades en Colombia. Los dividendos que se distribuyan dentro de los grupos empresariales debidamente registrados ante la Cámara de Comercio, no estarán sujetos a la retención en la fuente regulada en este artículo.


Un derecho de petición, es una herramienta ciudadana que reglamentó la constitución de Colombia en el artículo 2 con el fin de brindar a las persona la posibilidad de realizar una petición o solicitud ante las autoridades administrativas, las cuales no pueden hacer caso omiso a este documento. Qué es el derecho de retención ? Es aquel que permite a la empresa principal retener, de los pagos que debe efectuar a los contratistas que no acrediten el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales, los montos por los cuales es responsable y pagar por subrogación al trabajador o institución previsional acreedora.


Derecho de retencion en colombia

Es la facultad jurídica en cabeza del acreedor para retener un bien del deudor hasta tanto a este se le satisfaga, garantice o asegure el cumplimiento de una obligación. El derecho de petición de información.


Esta persona será quien obre como agente de retención cuyo listado es taxativo de parte del Estatuto Tributario Nacional. Si quien paga no califica en ese listado, no debe practicar retención en la fuente por impuesto de renta. Los agentes de retención en la fuente por impuesto de renta en Colombia son: Las entidades de derecho público.


De acuerdo con lo establecido en el artículo 183-C Inciso Tercero del Código del Trabajo, el derecho de retención es aquél que le permite a la empresa principal retener de los pagos que debe efectuar a los contratistas que no acrediten el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales, los montos por los cuales es responsable y pagar por subrogación al trabajador o institución previsional acreedora. Más allá de las dificultades terminológicas, esta situación ha generado un verdadero problema de incertidumbre jurídica.


El Presidente de la República de Colombia. En efecto el artículo 3. La retención en la fuente como mecanismo de recaudo anticipado.


El gobierno estableció la retención en la fuente como una manera de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo de los impuestos. En la actualidad puede decirse que todos los pagos están sujetos a retención.


La base es el 100% del IVA teórico. Artículo 4– E. Procedimiento civil (art. 5cpc chileno y art. cpc colombiano ). Dicho precepto faculta a todos aquellos que hayan realizado una reparación en una cosa mueble (en un objeto), a retener el producto reparado hasta que sean pagados.


La DNDA se permite dar claridad sobre el impedimento del Gobierno Nacional para fijar tarifas por el uso de obras protegidas por el derecho de autor y los derechos conexos, de conformidad con la Constitución Política, la normatividad expedida por el Congreso de la República, la normativa comunitaria y los tratados internacionales, bilaterales y multilaterales de los cuales Colombia forma parte.

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